jueves, 3 de noviembre de 2011

Por cierto del viernes

Por donde se vea es reprobable el asesinato del munícipe michoacano Ricardo Guzmán Romero, pero eso no es impedimento para señalar que el malogrado edil se encontraba violando la Constitución al realizar actos de proselitismo a favor del PAN al momento que lo victimaron. De acuerdo al artículo 134 constitucional “Los servidores públicos de la Federación, los Estados y los municipios, así como del Distrito Federal y sus delegaciones, tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.” El párrafo citado no dice en días laborales, claramente establece “en todo tiempo”, a lo anterior debemos agregar que él como servidor público es recurso humano quien debía velar por la equidad de la competencia electoral… ¡Falta que el PAN deba ser sancionado por los actos de su extinto munícipe!... ¿Cuántos casos más habrá?

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En Conferencia

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Abel Moreno y Óscar Tamez